API dio respuesta a una demanda histórica del sector inmobiliario

La Administración Provincial de Impuestos (API) amplió el alcance de los profesionales que pueden solicitar la exención de Ingresos Brutos, en un trámite que podrá realizarse de manera online y beneficiará a todos los graduados universitarios con carreras de al menos cuatro años de duración, aunque no estén colegiados.
Desde este 1 de septiembre, el beneficio se aplicará a todos los graduados universitarios con carreras de al menos cuatro años de duración y una carga pedagógica mínima de 2.100 horas, incluso si no están colegiados.
La decisión se formalizó a través de la Resolución Nº 39/2025 de la Administración Provincial de Impuestos (API), que actualiza los criterios vigentes hasta ahora, restringidos únicamente a títulos de grado de cinco años o más. Con esta modificación, se adecúa el beneficio a las normativas educativas actuales y se incluyen actividades profesionales sin colegiación obligatoria.
La resolución establece que, para acceder a la exención, se deberá ejercer la profesión de forma liberal, personal y directa, percibiendo la remuneración bajo la modalidad de honorarios.
El trámite se realizará exclusivamente de manera online, a través del portal oficial de la provincia.
Los profesionales que gestionen la exención por primera vez tendrán un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigencia de la norma. Aquellos que ya dispongan de un certificado vigente dispondrán de 365 días para cumplimentar el nuevo procedimiento.
Reconocimiento a corredores inmobiliarios.
En paralelo, mediante la Resolución Nº 40/2025, la API dio respuesta a una demanda histórica del sector inmobiliario: se otorgó la exención de Ingresos Brutos a los corredores matriculados y regulados por el Colegio Profesional, en el marco de la Ley Provincial Nº 13.154.
La ampliación de la exención para profesionales se da en el marco de otras iniciativas impulsadas por la gestión de Maximiliano Pullaro para aliviar la carga tributaria de distintos sectores productivos y de servicios.
Entre ellas se destacan los créditos fiscales otorgados a comercios y prestadores de servicios, que pueden deducir un 25 % del monto abonado en 2025 por el Impuesto Inmobiliario del inmueble afectado a la actividad, aplicable al pago de Ingresos Brutos.
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